Las Reglas del Anexo de la Convención de la UNESCO de 2001 sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático tienen como objetivo proteger los naufragios, los aviones hundidos y sus artefactos asociados, que ocurrieron hace 75 años o más, incluso si su ubicación exacta no es conocida. Para proteger otros tipos de patrimonio subacuático, así como naufragios o aviones más recientes, cada país puede hacer una declaración específica bajo la Ley del Patrimonio Subacuático Nacional.
Algunos sitios de patrimonio subacuático cuentan con una zona protegida a su alrededor que prohíbe ciertas actividades. Esto se hace para preservar de manera adecuada estos valiosos lugares históricos y culturales sumergidos.
La jurisdicción de la Ley del Patrimonio Subacuático no se limita a áreas marinas específicas, como lo define la Ley de Protección del Medio Ambiente y Conservación de la Biodiversidad de 1999. Esta ley se aplica a todas las aguas, incluidas las aguas costeras, más allá de los límites marítimos de los estados, y también abarca los puertos y las aguas estuarinas.
Es necesario tener en cuenta los requisitos de las Leyes del Patrimonio Subacuático al solicitar cualquier aprobación de planificación estatal o territorial para acciones o desarrollos en todas las aguas costeras y en alta mar.
Al llevar a cabo acciones en el medio ambiente marino, los proponentes y sus contratistas deben cumplir con todos los requisitos de la Ley del Patrimonio Subacuático, que incluyen lo siguiente:
- No alterar el patrimonio subacuático durante el desarrollo de una acción propuesta sin un permiso adecuado.
- Respetar las restricciones en las zonas protegidas y obtener un permiso antes de ingresar a una zona si es necesario.
- Informar del descubrimiento de cualquier patrimonio subacuático sospechoso que se identifique durante el desarrollo de la acción propuesta, en un plazo máximo de 21 días desde el momento del descubrimiento
Cualquier acción que implique contacto con el fondo marino o actividades cercanas a él, tiene el potencial de impactar en el patrimonio subacuático. Además, otras actividades pueden generar riesgos de causar impactos indirectos en el patrimonio subacuático.
Se recomienda encarecidamente buscar asesoramiento profesional y desarrollar estrategias de mitigación de riesgos para evitar cometer un delito contra el patrimonio subacuático.
Las solicitudes de permisos y las notificaciones de descubrimientos se pueden realizar a través de la base de datos del patrimonio cultural subacuático de cada país, si está disponible.
La forma más efectiva de evaluar y mitigar el riesgo de perturbar o dañar el patrimonio subacuático es determinar qué patrimonio existe en el área afectada. Dependiendo del tipo de patrimonio subacuático, los restos pueden ser visibles en el fondo del mar, sobresalir por encima del agua cerca de la costa o estar total o parcialmente enterrados.
Las estrategias adecuadas para identificar y evaluar los impactos sobre el patrimonio subacuático podrían incluir:
- Estudios de escritorio para identificar ubicaciones de patrimonio subacuático conocidas o potenciales, incluida la consulta de la base de datos del patrimonio cultural subacuático de España en: Publicaciones de Defensa del Gobierno de España.
- Utilizar técnicas de teledetección como magnetómetros, sonares de barrido lateral, perfilado del subsuelo y estudios de sonar multihaz.
- Realizar una evaluación física de cualquier sitio para determinar si es patrimonio subacuático y, de ser así, para determinar la extensión del sitio.
- Considerar cuestiones de seguridad relacionadas con productos químicos, materiales tóxicos y municiones sin detonar.
- Evaluar los posibles impactos directos o indirectos sobre los sitios del patrimonio subacuático que pueda plantear la actividad propuesta.
- Realizar modelización de posibles impactos indirectos, como el movimiento del agua, la sedimentación asociada con el dragado, la eliminación de desechos o la contaminación por petróleo.»
Si se identifica patrimonio subacuático en las cercanías de una acción propuesta y se ve afectado directa o indirectamente, el proponente debe tomar medidas para protegerlo. Un plan de mitigación de riesgos es una herramienta útil para guiar las medidas que se deben tomar.
Las medidas prácticas podrían incluir:
- Establecer zonas de protección o amortiguamiento durante las acciones.
- Realizar un seguimiento en tiempo real de las actividades.
- Implementar medidas de estabilización del sitio.
- Realizar monitoreo químico, electroquímico y físico antes, durante y después de la acción para medir la efectividad de las medidas de mitigación.
En el raro caso de que no se pueda evitar un impacto directo, se puede emitir un permiso que incluye condiciones para disminuir el impacto y proteger los valores patrimoniales.
Las medidas prácticas para los sitios directamente afectados pueden incluir:
- Estudiar, registrar y documentar el sitio.
- Conservar e interpretar in situ el patrimonio subacuático, incorporándolo a una propuesta de desarrollo.
- Realizar excavaciones arqueológicas siguiendo una metodología que cumpla con las Reglas del Anexo de la Convención de la UNESCO de 2001 sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático.
- Mover o realizar un nuevo entierro in situ del patrimonio subacuático.
- Realizar monitoreo químico, electroquímico y físico antes, durante y después de la acción para medir la efectividad de las medidas de mitigación.
- Llevar a cabo la recuperación y conservación selectiva del patrimonio subacuático.
Además, hay personal gubernamental especializado ubicado en las agencias de patrimonio estatales, comunitarias y territoriales que pueden brindar asesoramiento y ayuda.
La protección del patrimonio subacuático es de vital importancia para preservar nuestra historia y cultura sumergidas en el fondo del mar. Para evitar impactos negativos, se deben seguir medidas de mitigación, incluyendo estudios previos, seguimiento en tiempo real y considerar la asesoría de expertos en patrimonio. En casos inevitables de impacto directo, se pueden emitir permisos con condiciones para proteger los valores patrimoniales. Asimismo, el trabajo conjunto con agencias gubernamentales especializadas es fundamental para garantizar una gestión responsable del patrimonio subacuático.
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Recursos bibliográficos:
«Arqueología Subacuática: Conceptos y Métodos» de Jorge E. Córdoba y Filipe Castro.
«Patrimonio Subacuático: Normativa Internacional y Nacional» de Vicente J. González García.
«Historia de la Arqueología Subacuática en España» de Xavier Nieto Prieto.
«Patrimonio Cultural Subacuático: Conceptos, Marco Jurídico e Instituciones» de David Padilla Pérez.
«La Convención de la UNESCO de 2001 sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático» de Gloria Fernández.
«Arqueología Subacuática en América Latina y el Caribe» de Roberto Junco Sánchez y Antonio J. Delgado (editores).
«Patrimonio Cultural Subacuático y su Protección en el Marco del Derecho Internacional» de Carmen Vázquez de Castro.
«Barcos Hundidos: Tesoros Sumergidos del Patrimonio Marítimo» de James P. Delgado.
«La Gestión del Patrimonio Cultural Subacuático» de Xavier Nieto Prieto.
«El Patrimonio Cultural Subacuático y su Contextualización Jurídica» de Antonio Madrid Pérez.
«Historia de la Arqueología Subacuática» de David M. Fernández-Álvarez.
«Derecho del Mar y Patrimonio Cultural Subacuático: Una Perspectiva Internacional» de Diego-M. Ruíz Abellán.
«El Patrimonio Cultural Subacuático en México: Avances y Perspectivas» de Beatriz Barba Arceo y Arturo Pascual Soto (editores).
«Arqueología Subacuática: Investigando los Fondos Marinos» de Carlos Lezcano Benito y Beatriz Menéndez Fernández.
«Patrimonio Subacuático y Nuevas Tecnologías» de Rocío Fernández-Jáuregui.
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Fotografía: CBS News